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Condenas de siete y cinco años de prisión en dos juicios abreviados

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Condenas de siete y cinco años de prisión en dos juicios abreviados
Eduardo Acosta escucha a su defensor, el asesor letrado Francisco Argañaraz, poco antes de que se realizara el juicio en el que recibió una condena unificada de siete años de prisión de cumplimiento efectivo

Eduardo Acosta recibió una pena unificada porque tenía pendiente parte de una sanción aplicada en Córdoba. En tanto, Rolando Barrera fue condenado por un arrebato en el que la víctima, una mujer mayor, cayó y se fracturó una muñeca

Eduardo Acosta escucha a su defensor, el asesor letrado Francisco Argañaraz, poco antes de que se realizara el juicio en el que recibió una condena unificada de siete años de prisión de cumplimiento efectivo

Un albañil cordobés de 35 años y un villamariense de 21 fueron condenados ayer por la Justicia local, en el marco de dos juicios de trámite abreviado en los que ambos acusados confesaron su responsabilidad penal en los hechos que se les atribuían.

Se trata de Eduardo Sebastián Acosta y Rolando Jesús Barrera, alias “Gringo”, quienes recibieron penas de siete y cinco años, respectivamente, por sendos asaltos, aunque bajo diferentes circunstancias.

En la primera audiencia de debate, Acosta fue declarado coautor responsable de “robo calificado por uso de arma de fuego, cuya operatividad no se pudo acreditar” (nunca fue encontrada) y recibió una condena unificada de siete años de prisión de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia.

Previo a la audiencia de debate, el fiscal Francisco Márquez y del asesor letrado Francisco Argañaraz habían acordado solicitar la misma pena si el acusado confesaba su participación en el hecho cometido el 26 de abril de 2015, que derivó en su detención y posterior procesamiento.

Así, a la hora de los alegatos, primero el titular del Ministerio Público y luego el defensor oficial pidieron una condena de cuatro años para Acosta por aquel atraco, pero unificada en siete años porque estaba debiendo tres años y tres meses de una sentencia de 12 años impuesta en la capital provincial por “robo calificado” y “tentativa de homicidio”.

Finalmente, el juez René Gandarillas aplicó la sanción requerida por las partes y declaró reincidente al presidiario cordobés, quien por esa razón no podrá acceder al beneficio de la “libertad condicional” (se otorga solo a los convictos primarios), aunque con buena conducta podrá ser excarcelado cuando le falten seis meses para cumplir la totalidad de la pena, a través del instituto legal conocido como “libertad asistida”.

Eduardo Acosta está detenido desde el 29 de septiembre de 2015, es decir, cinco meses y tres días después de haber intervenido en el asalto que damnificó a una familia radicada en una quinta ubicada a la altura del kilómetro 549 de la ruta nacional 9, próxima al límite de los departamentos General San Martín y Unión.

Acompañado por otro delincuente que no fue identificado, el ladrón cordobés irrumpió armado en la finca rural y, bajo amenazas de muerte a una mujer y su pequeña nieta, se apoderó de 500 pesos que la dueña de casa tenía en el delantal que estaba usando al momento del robo.

Poco después, del interior de un escritorio, los asaltantes se apoderaron de otros 20.000 pesos y se dieron a la fuga.

Sin embargo, la mujer logró identificar a Acosta, porque había estado en su quinta unos días antes, acompañando a un familiar que fue al lugar por cuestiones laborales.

 

Rolando Barrera recibió ayer su primera condena y deberá pasar al menos tres años y dos meses “a la sombra” antes de pedir la “libertad condicional”. Podría salir el 20 de agosto de 2019

Primera condena

En el segundo juicio de la jornada, el juez Gandarillas le impuso la primera condena a Rolando Barrera, un joven nacido en esta ciudad el 15 de enero de 1996 y domiciliado en Tucumán 2951 (barrio San Martín), quien hace exactamente un año protagonizó un arrebato callejero que terminó con una mujer seriamente lesionada.

Barrera recibió una sanción de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo tras ser declarado autor penalmente responsable de “robo calificado por lesiones graves”, ya que la víctima de su accionar delictivo sufrió una fractura en la muñeca derecha.

El 20 de junio de 2016, en momentos que Nelly Elena Margarita Brignone (76) caminaba por calle Ituzaingó, a la altura del 700, fue interceptada por un sujeto que circulaba en una moto Guerrero de color negro, patente 027 IBZ, quien le arrebató la cartera que llevaba colgada en uno de sus brazos.

El violento tirón provocó que Brignone cayera al suelo y se quebrara la muñeca, lesión considerada grave por el tiempo de curación que demanda.

Barrera se dio a la fuga, pero fue detenido poco después.

En esta segunda audiencia también hubo un acuerdo previo entre el fiscal Márquez y la asesora letrada Silvina Muñoz, quienes coincidieron en pedir la pena antes descripta si el joven presidiario confesaba lisa y llanamente el hecho.

A diferencia de Acosta y por tratarse de un convicto primario, Barrera podrá solicitar la “libertad condicional” cuando complete las dos terceras partes de la condena impuesta (es decir, tres años y dos meses), por lo que estaría en situación legal de dejar la cárcel de barrio Belgrano el 20 de agosto de 2019, siempre y cuando haya observado buena conducta y una pericia psicológica acredite que está apto para reinsertarse socialmente.