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De Falco hará el reclamo formal por cobros que incluye Ecogas

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De Falco hará el reclamo formal por cobros que incluye Ecogas
Para De Falco hay una infracción a la legislación vigente

FACTURAS DE GAS – Continúan los cargos que remiten a ordenanzas municipales

El concejal anticipó que seguirá los pasos legales y que, si no se revé la medida, iniciará una acción judicial

En los últimos días surgieron nuevos reclamos de vecinos que recibieron la factura de gas conteniendo no solo el abultado aumento de tarifa a la que Ecogas nos tiene acostumbrados, sino también el cobro de ítems que remiten a percepciones municipales y que, en definitiva, no hacen más que acrecentar los ya desmedidos incrementos.

Uno de los importes que continúa apareciendo en las facturas es la alícuota municipal del 8%, que el intendente Martín Gill decidió dar de baja en abril pasado, y el otro figura como “Contribución Comercio e Industria Villa María, Ordenanza 7.090”. Ante esta situación, EL DIARIO consultó al presidente de la bancada oficialista, Carlos De Falco.

“La alícuota del 8% para las obras se está cobrando en las últimas facturas porque son períodos anteriores a la ordenanza”, explicó el concejal.

“Con respecto al otro rubro, están cobrando la contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicio, y esa es una carga fiscal que está a cargo del prestador del servicio, no del consumidor. La alícuota que se bajó a cero era a cargo del consumidor, pero la tasa de comercio es del prestador, entonces no se le puede trasladar al usuario”, remarcó.

“Por eso voy a iniciar un reclamo administrativo formal y, si no existe una devolución, iniciaré una acción legal a la empresa de gas porque eso no corresponde, hay una infracción a la legislación vigente”, aseguró De Falco.

“En este caso no corresponde una acción de amparo, voy a seguir los pasos legales que correspondan y presentaré un reclamo administrativo formal ante la empresa, una vez agotada la vía administrativa para que se revea la medida, si no se corrige y restituye el dinero, iniciaré una acción judicial, porque a mi criterio eso está mal cargado en la factura”, reiteró.

 

Algo parecido

Un caso similar se dio hace meses, cuando en la edil Verónica Navarro detectó en la factura de gas el cobro de un cargo extra que refería a una ordenanza municipal, en ese caso era la 7.080. Navarro presentó una nota ante Ecogas y también acudió a la Auditoría General por este tema.

“Por el cobro que menciona a la Ordenanza 7.080 pedimos la información y surgió que estaba mal encuadrada, pero nos hicieron saber que había una resolución del Enargas por la que las distribuidoras pueden trasladar los mayores costos impositivos de municipios a los usuarios”, señaló la edil.

“A eso se lo planteamos a la auditora general de Villa María, Alicia Peressutti, para que ella indague sobre la constitucionalidad de que los ciudadanos debamos pagar algo que no determina el Concejo Deliberante de la ciudad, sino otro órgano externo, en este caso supranacional, que impone un tributo. Nosotros creemos que se están excediendo las facultades y autonomía del municipio”, consideró Navarro ante EL DIARIO.

“Hemos controlado las últimas boletas de gas y advertimos que tienen lecturas hasta el 9 o 10 de mayo, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad, a fines de abril, la eliminación de la alícuota municipal del 8%, por eso entendemos que ese importe va a desaparecer recién en la próxima boleta. En cuanto al otro concepto, más allá de cuándo pueda comprobarse la constitucionalidad o no, la resolución que le daba derecho a ese cobro vencía el 31 de marzo de 2018, en las últimas boletas el período incluye desde marzo hasta los primeros días de mayo, por lo que Ecogas podría cobrarlo sabiendo que era el último, o también puede darse que haya una nueva resolución del Enargas que lo habilita a cobrar algo más y que nosotros no sabemos, a eso voy a averiguarlo”, adelantó.

“El Enargas, que controla la prestación del servicio y las tarifas de las distribuidoras de gas, emite estas resoluciones a requerimiento de las empresas concesionarias que, dentro del cúmulo de documentación que presentan para revisar la tarifa y la metodología y operatividad del servicio, está la posibilidad de trasladar los mayores costos de los municipios o de las provincias. Resulta que Villa María no incrementó el costo para Ecogas en la Tarifaria 2018, por lo que sería inconstitucional trasladarle a los vecinos algo que no está definido en la Tarifaria anual en la que se determina lo que cada vecino y empresa va a pagar”, subrayó.

“Ecogas traslada a su factura un supuesto aumento del municipio, pero lo grave es que el municipio no le aumentó la alícuota que la empresa tiene que pagar, por ende, la empresa no debería trasladarnos a los usuarios ese mayor costo, porque no lo hay”, insistió.

“Estamos ante empresas que prestan servicios concesionados, en este caso por el Gobierno nacional, y si bien las provincias y los municipios tenemos autonomías, entramos en la delgada línea de cuál es la autonomía de cada jurisdicción para cobrarle, porque pareciera que Ecogas acuerda su esquema económico con el Gobierno nacional, y le traslada al usuario las tasas que el municipio le cobra”, concluyó.