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Prórroga para datos de la emergencia

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Prórroga para datos de la emergencia

El Ministerio de Agricultura y Ganadería dispuso una prórroga para la fecha de presentación de las declaraciones juradas de daños, información que deben detallar los productores agropecuarios que se encuentran dentro de las zonas declaradas en estado de emergencia y/o desastre, a consecuencia de los anegamientos por las intensas lluvias. Esta presentación es obligatoria para acceder a los beneficios que otorga la ley provincial.

Las autoridades de la cartera trasladaron la fecha límite hasta el viernes 4 de marzo, ya que en distintas zonas del interior aún hay titulares de establecimientos que no cumplimentaron con la entrega. Cabe recordar que de acuerdo al Decreto de Emergencia Agropecuaria 30/16 firmado por el Poder Ejecutivo, ayer vencía el plazo para llevar esta documentación a las oficinas del Ministerio.

 

Emergencia

Las zonas incluidas en el mencionado decreto no están definidas a partir de criterios geográficos de división política, sino que para una correcta inclusión de todos los productores damnificados la delimitación del área tomó el criterio de Cuencas Hidrológicas. Las cuencas comprendidas son río Carcarañá (centro de los departamentos Marcos Juárez y Unión y noroeste del Departamento Juárez Celman, al sur de la ruta 2), el Sistema Vicuña Mackenna, la cuenca del arroyo Santa Catalina, el Sistema de Canals, el río Quinto (Popopis) y el Sistema de General Roca.

Para los productores agrícolas, la medida abarca desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2016 y para ganaderos y tamberos se extiende desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. No obstante, en caso de persistir los anegamientos, se podrá solicitar la prórroga de los plazos previstos.

Los principales antecedentes que tomó el decreto surgieron de los informes elevados tras las reuniones mantenidas en el seno de las Comisiones Locales de Emergencia Agropecuaria que se realizaron durante enero en las localidades de Guatimozín, Laboulaye, Jovita, Huanchilla y Vicuña Mackenna y que se vieron plasmados posteriormente en un acta elevada al Ejecutivo por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.

 

Las declaraciones juradas

Los formularios podrán ser descargados del sitio web oficial del Ministerio (http://magya.cba.gov.ar) o en las agencias zonales que la cartera tiene en localidades del interior y serán receptados por los responsables de dichas agencias.

Cabe recordar que el principal beneficio que otorga la Ley de Emergencia Agropecuaria Provincial es la postergación del pago del Impuesto Inmobiliario Rural (en caso de tener más del 50% de afectación) o directamente la exención si se supera el 70%.

Todos los productores incluidos en el listado de emergencia agropecuaria serán notificados por la Dirección General de Rentas.

 

Homologación

El Ministerio de Agroindustria de la Nación publicó ayer en el Boletín Oficial el Decreto 20/2016, a través del cual declara la emergencia y/o desastre agropecuario para las zonas afectadas por el fenómeno de anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo productivo 2015/2016.