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Ningún edificio puede tener más de 13 pisos

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Ningún edificio puede tener más de 13 pisos
Las mayores alturas pueden darse en el barrio Centro. En la costa se dispusieron modificaciones en 2014

Hay barrios en que no pueden superar los 6 metros; centro y costa tienen los mayores permisos. Algunas zonas permiten edificar sobre línea municipal

Las mayores alturas pueden darse en el barrio Centro. En la costa se dispusieron modificaciones en 2014
Las mayores alturas pueden darse en el barrio Centro. En la costa se dispusieron modificaciones en 2014

La mayor altura que pueden tener los edificios en Villa María es de 36 metros, algo así como 13 pisos, y se deben construir en ciertos bulevares. En las avenidas de la costanera pueden llegar a 15 metros (planta baja y cuatro pisos altos) levantándose a 5 metros de la línea municipal.

En el centro histórico, por su lado, la altura máxima no puede superar los doce metros.

Estos son algunos de los puntos centrales que establece la compleja y extensa ordenanza 6.402, sancionada el 20 de octubre de 2011, y que comprende el Código de Edificación que regula a la ciudad. Hubo un apartado, referido a la zona de la costanera, que fue modificado en octubre de 2014.

A menudo se suele escuchar a ciudadanos que se preguntan cuántos pisos pueden tener torres y edificios que se construyen en una localidad que en la última década y media cambió manifiestamente su horizonte. Así como la vecina Villa Nueva se mantiene “bajita” (cuenta con un solo edificio, el recientemente inaugurado Malbo, cuyas espaldas dan al río Ctalamochita), Villa María ha ido creciendo “para arriba”.

En este marco, hace dos semanas contamos que en la manzana de la Plazoleta Mundial 78, ubicada a metros del acceso al puente Juan Bautista Alberdi, se demolió una vivienda perteneciente al plan para obreros que creó Salomón Deiver en 1941 y que en su lugar se erigirá un edificio que podría tener 11 pisos.

P3F1 edificEl Código de Edificación es demasiado complejo para contar la altura de los mismos por barrios. Es que hay diversas áreas, excepciones, condiciones diferentes a cumplir para determinar las alturas.

Como rasgos esenciales se puede contar que las edificaciones de iglesias y templos podrán superar el máximo de altura exigida para cada zona.

En el microcentro se posibilita una altura de hasta 24 metros, sobre línea municipal; en el barrio Centro hasta 15 metros. Sobre algunos bulevares, se llega al máximo de 36 metros. En el “centro histórico”, por ejemplo, sólo se puede llegar a 12 metros.

 

Los detalles

* El microcentro I: calle Buenos Aires entre 9 de Julio y San Martín (incluye todas las esquinas), calle Santa Fe entre José Ingenieros y General Paz (incluye todas las esquinas), calle General Paz/San Martín entre Buenos Aires y Santa Fe (incluye todas las esquinas), calle José Ingenieros/9 de Julio entre Santa Fe y Buenos Aires (incluye todas las esquinas): construcción sobre línea municipal hasta los 24 metros de altura.

* Centro: dentro de los cuatro bulevares (con excepciones): construcciones sobre línea municipal hasta los 15 metros de altura.

* Sobre los bulevares (barrio Centro): construcción sobre línea municipal hasta los 36 metros de altura.

* Bulevar Cárcano entre avenida del Libertador y calle Buenos Aires (barrio General Paz), bulevar Sarmiento entre avenida del Libertador San Martín y exavenida Roca (barrio Sarmiento ), calle Rawson entre Alem y bulevar España: construcción hasta 24 metros de altura, retirada en PB a 2,50 metros de línea municipal. A partir de los 24 metros la edificación se retirará nuevamente como mínimo a 5,50 metros de la línea municipal.

* Bulevar España/Alvear (barrios Almirante Brown, Carlos Pellegrini, Ameghino, Lamadrid, San Justo), bulevar Sarmiento (barrios San Justo y Rivadavia), bulevar Cárcano/ Italia (barrio Güemes), bulevar Vélez Sarsfield (barrios Roque Sáenz Peña y Almirante Brown) afectándose la totalidad de las primeras manzanas a partir de cada bulevar en estos barrios pericentrales: construcción sobre línea municipal hasta 24 metros de altura. A partir de los 24 metros la edificación se retirará como mínimo a 3 metros.

* Barrios Carlos Pellegrini hasta Intendente Maciel, Ameghino, Lamadrid, San Justo, Rivadavia, Güemes, Roque Sáenz Peña, Almirante Brown: construcción sobre línea municipal hasta 12 metros de altura. A partir de los 12 metros, la edificación se retirará como mínimo a 3 metros.

* Arterias del sistema vial principal: bulevar Colón (barrios Vista Verde, Las Acacias, Roque Sáenz Peña, Mariano Moreno y Güemes), Larrabure hasta avenida Jauretche (barrio Belgrano), calle Sucre (barrio Belgrano), calle Deán Funes (Parque Norte), bulevar España desde calles Sucre/ Deán Funes hasta Jauretche (barrios Belgrano y Parque Norte), avenida Independencia desde calle Deán Funes hasta Jauretche (barrio Parque Norte), bulevar Argentino/ruta nacional 158 (barrios Carlos Pellegrini, Botta y Parque Norte desde calle Deán Funes), Porfirio Seppey/Paraguay (barrios Lamadrid, San Justo, San Martín, San Juan Bautista, Industrial, Los Olmos y Las Playas), Intendente Maciel (barrios Ameghino, Nicolás Avellaneda y Carlos Pellegrini, hasta ruta 158), Buenos Aires desde calles Seppey-Intendente Maciel hasta autopista (barrios Nicolás Avellaneda, San Nicolás y San Martín), bulevar Sarmiento desde Seppey hasta autopista (barrios San Martín, Bello Horizonte y San Juan Bautista), avenida Universidad hasta futura prolongación de calle Costa Rica (estancia “La Negrita”) (barrios San Juan Bautista, Los Olmos y Bello Horizonte); avenida Perón (barrio Rivadavia hasta calle Quintana, barrio San Justo, barrio Las Playas, hasta Zona Industrial Sur II); avenida Alvear desde calle Orcadas Argentinas hasta su intersección con Perón; avenida Dante Alighieri (barrio General Paz): la construcción podrá ser sobre línea municipal o de edificación (según zona), siendo la altura permitida hasta 12 metros. A partir de los 12 metros, la edificación se retirará como mínimo a 3 metros. El bulevar Sarmiento entre calles Porfirio Seppey y avenida Universidad quedará exceptuado de dejar retiro de línea municipal (ancho de vereda 7,90 metros).

* Costanera: calle República de Siria (hasta puente sobre ruta 2 – barrio Barrancas del Río), República del Líbano/avenida del Libertador San Martín (barrio Santa Ana) hasta calle Buenos Aires (barrio General Paz), Bruno Ceballos desde Buenos Aires hasta La Rioja, La Rioja desde Bruno Ceballos hasta Esquiú, Elpidio González desde Esquiú hasta Salomón Gornitz, sobre Salomón Gornitz/Islas Baleares (costanera) hasta el límite del radio urbano (barrio Palermo y Mariano Moreno); sobre calle Salomón Gornitz tramo comprendido entre su intersección con calle Elpidio González, a la altura de calle Balerdi y calle Garay; tramo comprendido entre calle Saavedra e intersección Elpidio González-Salomón Gornitz (barrio Palermo): construcción retirada como mínimo 5 metros de línea municipal y de eje medianero opuesto a línea municipal.

A los fines de establecer la altura permitida para este sector se deberá atender a un Factor de Ocupación Total (FOT): 3. Cuando de la aplicación del FOT resulten alturas que superen los 15 metros, se fijará como altura máxima 15 metros.

* Centro histórico: calle General Paz, ambos frentes entre calle Jujuy y bulevar Vélez Sarsfield, Vélez Sarsfield (frente este) entre Alem y General Paz (ambas esquinas) y Jujuy (frente oeste) entre General Paz (ambas esquinas) y Alem, Mitre/Sabattini (frente sur) entre calles Mendoza y San Juan, Rucci/Mariano Moreno (ambos frentes) entre Mendoza y Catamarca, Estados Unidos/Belgrano (ambos frentes) entre calles Corrientes y Catamarca, calle México/Rivadavia (frente norte), entre Corrientes y Catamarca, Mendoza y Entre Ríos (ambos frentes) entre Mitre y Mariano Moreno, Corrientes (ambos frentes) entre Mitre y Mariano Moreno, Corrientes (frente oeste) entre Mariano Moreno y Rivadavia, Buenos Aires (ambos frentes) entre Mitre/Sabattini y México/Rivadavia, calle Santa Fe (ambos frentes) entre Sabattini y bulevar Italia, Catamarca (frente este) entre Sabattini y México, construcción sobre línea municipal hasta los 9 metros de altura. A partir de los 9 metros, la edificación se retirará como mínimo a 3 metros. La altura máxima para esta zona será de 12 metros.