A partir de las 9 formulará sus conclusiones el fiscal de Cámara y luego harán lo propio los abogados defensores. Más tarde, la jueza Silvia Saslavsky escuchará la “última palabra” del exfutbolista villamariense y pasado el mediodía se conocerá el veredicto
Sebastián “Magú” González (34) sabrá hoy si pasará los próximos años de su vida entre rejas por los graves hechos de “abuso sexual” que se le atribuyen, o si recupera la libertad después de poco más de 18 meses. Será en horas del mediodía, cuando la jueza Silvia Saslavsky de Camandone dé a conocer su veredicto, luego de escuchar los alegatos de la Fiscalía y la Defensa y de concederle al exfutbolista local la “última palabra”.
Esta cuarta y definitoria audiencia de debate fue convocada para las 9. En primer turno expresará sus conclusiones el fiscal Francisco Márquez y a su término lo harán los abogados Marcelo Castro y David Bazán Carricaburu, codefensores de González.
Posteriormente, el hombre que está acusado de haber violado reiteradamente a una joven de su entorno familiar, cuando la presunta víctima era menor de edad, tendrá la posibilidad de expresarse por última vez antes de que la presidenta del tribunal declare cerrado el debate y pase a deliberar para dictar sentencia.
Cabe señalar que tanto los alegatos de las partes como la “última palabra” de González se realizarán a puertas cerradas porque los hechos que se investigan son de instancia privada.
En cambio, la lectura de la parte resolutiva del fallo (tarea que estará a cargo del secretario, Guillermo Picco), será en audiencia pública, por lo que recién en esa instancia procesal se permitirá el acceso de los familiares de González a la sala ubicada en el quinto piso de Tribunales.
Grave imputación
Si el exfutbolista es declarado culpable de todos los hechos por los que viene acusado (“abuso sexual con acceso carnal reiterado”, “abuso sexual gravemente ultrajante reiterado”, “corrupción de menores” y “abuso sexual con acceso carnal calificado”), recibirá una condena que oscilará entre los ocho y los 20 años de prisión. Esa es la escala penal que establece la legislación argentina para el más grave de los delitos que se le atribuyen.
Sin embargo, pese a tratarse de un convicto primario, es muy probable que el fiscal Márquez pida una sanción que esté por encima del mínimo y, a juzgar por la reiteración de hechos, el requerimiento del acusador público podría estar entre los 10 y los 14 años de prisión.
Por su parte, los codefensores de “Magú” buscarán invalidar los argumentos de la acusación elaborada por el fiscal que instruyó la causa en procura de obtener la absolución y la libertad de su cliente o, subsidiariamente, algún cambio de calificación legal en pos de conseguir una pena más leve.
Pero la tarea de Castro y Bazán Carricaburu no será sencilla, ya que son muchas las pruebas que incriminan a quien fuera jugador del club de baby fútbol San Martín (a mediados de los 90) y años más tarde defendiera los colores del Deportivo Argentino.
Lleva 560 días preso
Si González es absuelto de todos los hechos, recuperará la libertad ni bien concluya el juicio y atrás quedarán los 560 días (o lo que es lo mismo, un año, seis meses y 13 días) que pasaron desde que fue detenido (el 7 de noviembre de 2014) hasta hoy. En cambio, si es declarado culpable, recibirá una pena acorde a los hechos que se le atribuyen y que estará, obviamente, dentro de la escala penal antes descripta.
Al respecto, el artículo 119 del Código Penal de la Nación establece que “será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando (…) mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.
Sin embargo, el cuarto párrafo de dicha norma precisa que “la pena será de ocho a 20 años de prisión si… b) el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda, y f) el hecho fuere cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.