
La demanda fue presentada en enero de este año y tras dos fallos favorables la empresa de medicina prepaga decidió no seguir una nueva instancia y, en consecuencia, el fallo quedó firme

abogada que representó a la paciente
La Ley de Trastornos Alimentarios incluye como obligación de las obras sociales y empresas de medicina prepaga la cobertura de las cirugías bariátricas.
La misma ley establece quiénes son los que tienen derecho a esta práctica médica: los que tienen 40 o más de Indice de Masa Corporal (IMC), comprueben tratamientos anteriores que no prosperaron y, en caso que no llegue a ese IMC, tener enfermedades tales como diabetes, apnea de sueño o hígado graso, que trae aparejada la misma obesidad.
Una villamariense cumplía con todos los requisitos cuando inició el proceso hacia la cirugía bariátrica: medía 1,56 y pesaba 100 kilos. Como parte del tratamiento previo a la operación hizo una dieta estricta y actividad física, lo que le permitió reducir su IMC para estar en condiciones para la cirugía. Este paso, que era indispensable para la operación, terminó siendo un obstáculo, dado que su prepaga no le autorizó la práctica porque “no tenía 40 de IMC”.
A partir de allí, inició un camino judicial que concluyó el 17 de agosto último, cuando el fallo que ordena a la obra social cubrir la operación quedó firme.
El reclamo
La mujer villamariense a la que le negaron en una primera instancia la autorización para operarse decidió reclamar ante la Justicia.
Representada por la abogada Valeria Montenegro, en enero de este año pidió por la vía del amparo -dada la urgencia de su situación-, que obliguen a la obra social a cumplir la ley.
Lo hicieron en el Juzgado de Control, donde la magistrada Edith Lezama de Pereyra falló a favor de la demandante, ordenándole a la empresa a cubrir el tratamiento y la cirugía.
En esta instancia, la prepaga decidió apelar, y el expediente recayó en la Cámara del Crimen, donde los tres jueces coincidieron en darle la razón a la paciente.
Tras dos fallos adversos, la empresa no recurrió la medida y finalmente la sentencia quedó firme.
“Mi clienta está muy contenta y está pronta a operarse. Ya tiene la fecha y está en condiciones para someterse a la cirugía bariátrica, dado que, desde el fallo a favor de la Cámara del Crimen, retomó la dieta y la actividad física”, explicó Montenegro.
“En lo personal, es una gran satisfacción, porque si bien mi rol es el asesoramiento y la representación en lo judicial, no podés dejar de ver el aspecto personal de mi clienta, que tiene que luchar contra una enfermedad y contra los que impedían su adecuado tratamiento”, dijo.
“Pese a todo lo que tuvo que pasar, hoy está muy feliz porque lo logró; está encaminada en un nuevo estilo de vida que le permitirá alcanzar un estado saludable y, en definitiva, está contenta de poder hacer valer sus derechos”, concluyó la letrada.
Textual del fallo: “El derecho a la salud no puede ser limitado por el criterio examinador de la compañía de salud, que echa por tierra la opinión fundada de los médicos”.