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Camissa criticó a la Municipalidad y a la Auditoría, pero rechazó la demanda civil

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Camissa criticó a la Municipalidad y a la Auditoría, pero rechazó la demanda civil
El letrado de la Cooperativa invita a los vecinos a evacuar las dudas en la sede de la entidad, sita en Buenos Aires 794

El juez civil de 3º Nominación de Villa María, Augusto Cammisa, rechazó la demanda civil contra la Cooperativa 15 de Mayo presentada por la Asamblea contra la Corrupción y la Impunidad.

La causa fue iniciada el año pasado por vecinos que reclamaron que la Cooperativa deje de cobrar el cargo de mantenimiento de la planta depuradora de líquidos cloacales, en razón de que el servicio no se presta debidamente. El juez Alberto Domenech, antes de apartarse de la causa, aceptó la cautelar y por ocho meses los vecinos no abonaron ese cargo.

En el decreto por el que rechaza la vía civil, Cammisa lanzó una serie de acusaciones contra la Cooperativa y la Municipalidad de Villa María, porque dice que el poder político que es concedente del servicio tendría que haber tomado medidas para que la prestadora brinde el servicio como corresponde.

“Debe añadirse a lo expuesto que llama poderosamente la atención, frente a la denuncia de contaminación ambiental que se formula, la inacción de aquellos legitimados por intereses difusos para incoar los remedios legales idóneos que amerita el caso y en especial la inactividad del propio municipio por ser este el único y directo afectado por la deficiencia que se denuncia en el tratamiento de efluentes cloacales, siempre y cuando el supuesto mencionado se corrobore”, dice Cammisa en un párrafo del decreto.

Según la Asamblea, en el decreto el juez, además de criticar la conducta de la Municipalidad, cuestionó a la Auditoría General de Villa María por la inacción con respecto al funcionamiento de la planta depuradora.

“Quizás ahora que lo dice un juez provincial, la Municipalidad se despierte, al igual que la auditora general, y tomen alguna medida para que la Cooperativa 15 de Mayo deje de contaminar el río Ctalamochita y de cobrar por un servicio de mantenimiento que no presta correctamente”, manifestaron desde la Asamblea.

A pesar de las críticas, el juez consideró que la causa de la Asamblea no tiene que ir por vía civil, sino que debe iniciar un reclamo administrativo y luego ir por vía contencioso-administrativa, medida que ya ha sido apelada por los asambleístas.