Crimen de Pozo del Molle – Las audiencias se realizarán con jurado popular
Emanuel “Manuco” Retamar está acusado de “homicidio doblemente calificado”, por violencia de género y críminis causa, un gravísimo delito que es castigado con la pena máxima: prisión perpetua. Las pruebas en su contra son contundentes
A poco más de un año y medio de ocurrido el brutal crimen de Brenda Jael Arnoletto (24), finalmente comenzará este jueves el juicio oral y público al santafesino Emanuel Heraclio Retamar (38), el trabajador golondrina que está acusado de haber violado y estrangulado a la joven la noche del 28 de noviembre del año pasado en la localidad de Pozo del Molle.
Retamar, alias “Manuco”, comparecerá en la Cámara del Crimen de Villa María ante un jurado popular, imputado como presunto autor de “abuso sexual con acceso carnal” y “homicidio doblemente calificado”, por violencia de género y por críminis causa (es decir, matar para consumar otro delito -en este caso, la violación- y lograr la impunidad), una gravísima figura penal que tiene una única sanción la prisión perpetua.
El tribunal estará integrado por los jueces René Gandarillas (presidente), Eve Flores de Aiuto y Félix Martínez, a los que se sumará un jurado popular integrado por 12 ciudadanos comunes (seis mujeres y seis hombres), ocho de los cuales deberán decidir sobre la inocencia o culpabilidad del acusado.
Además, intervendrán el fiscal de Cámara, Francisco Márquez, y la asesora letrada Silvina Muñoz, quien estará a cargo de la Defensa de Retamar.
Cabe señalar que la causa fue instruida por el fiscal René Bosio y elevada a juicio el 31 de mayo del año pasado.
Obra en construcción
El feroz crimen de Arnoletto se produjo entre las 22.30 y las 23.30 del lunes 28 de noviembre de 2016, en una obra en construcción ubicada en la intersección de las calles Belgrano y Tucumán de Pozo del Molle.
De acuerdo con la pieza acusatoria, la joven había salido a caminar por el circuito pedestre conocido en el pueblo como “el Chanchódromo”. Durante el trayecto, que hacía habitualmente, Brenda se encontró con una amiga y después no se supo más nada de ella, sino hasta las primeras horas de la mañana del día siguiente, cuando su cuerpo -sin vida- fue hallado por una vecina que llevaba a su hijo a la escuela.
Según la requisitoria, Retamar interceptó a la joven en la citada esquina, la golpeó brutalmente para reducirla y de inmediato la llevó hasta la obra en construcción, donde la accedió carnalmente por ambas vías.
Brenda se resistió tenazmente y alcanzó a rasguñar a su agresor en el rostro y el cuerpo, pero la mayor contextura física del peón rural le permitió lograr su salvaje objetivo: abusar sexualmente de su circunstancial víctima.
Casi de inmediato, Retamar la ahorcó con sus manos, por lo que la causa eficiente de la muerte de la joven fue “asfixia por estrangulamiento manual”, según consta en el expediente.
Durante la instrucción de la causa, el fiscal Bosio obtuvo abundantes pruebas testimoniales e instrumentales que incriminan al jornalero nacido el 12 de septiembre de 1979 en la localidad de Calchaquí, provincia de Santa Fe, quien al momento del homicidio estaba transitoriamente radicado en Campo Ricca, un predio rural ubicado en el paraje Trincheras, sobre ruta nacional 158, entre Pozo del Molle y Las Varillas.
El ADN lo incrimina
La prueba más contundente es la genética, ya que las muestras de semen obtenidas en el cuerpo de la víctima coinciden con el ADN de Retamar. Asimismo, las pericias psicológica y psiquiátrica que le practicaron determinaron que el femicida comprendió la criminalidad del hecho cometido.
Los elementos probatorios reunidos en la causa son tan contundentes que no es aventurado adelantar que Retamar será condenado a prisión perpetua cuando jueces y jurados arriben a un veredicto.