Jorge “Cucha” Neira se declaró culpable de haber golpeado y amenazado a su concubina, en dos hechos ocurridos hace seis meses. Por tratarse de un reincidente múltiple, deberá cumplir íntegramente la sanción impuesta en la víspera
Un trabajador de la construcción oriundo de Noetinger, pero radicado en Villa Nueva desde que era muy joven, fue condenado ayer por décima vez en sus casi 45 años de vida, en esta ocasión por hechos de violencia de género que tuvieron como víctima a su concubina.
Al cabo de un juicio de trámite abreviado, Jorge Luis Neira, alias “Cucha”, fue declarado autor responsable de “lesiones leves calificadas” y “amenazas calificadas” y recibió una pena de dos años y un mes de prisión, pero como estaba debiendo parte de una condena anterior, se unificaron ambas sentencias y se le impuso una única sanción de dos años y tres meses de cárcel, con declaración de reincidencia.
Neira, nacido el 17 de marzo de 1972 (en menos de dos semanas cumplirá 45 años), se encuentra detenido desde mediados de septiembre pasado, luego que lesionara y amenazara a su pareja, Rosana del Valle Salas González, en la vivienda que ambos ocupaban San Luis 906, en barrio Sarmiento de Villa Nueva.
Un día de furia
En efecto, a eso de las 8 de la mañana del domingo 4 de septiembre de 2016, el irascible albañil mantuvo una fuerte discusión con la mujer por cuestiones del momento y, en esas circunstancias, la tomó de los cabellos, la empujó contra una pared y le dijo en tono amenazante: “Puta, hija de puta, te voy a matar”.
Seguidamente, Neira volvió a agarrar a Salas González del cuero cabelludo y la empujó contra un mueble. Hubo un forcejeo y la mujer cayó al suelo, por lo que su agresor se tiró encima de ella y le propinó varios golpes de puño en distintas partes del cuerpo.
Pero el violento ataque no terminó allí. Cuando Rosana se levantó, el iracundo sujeto (quien confesó que al momento del violento suceso se encontraba drogado y alcoholizado), tomó un cuchillo tipo Tramontina que había sobre la mesa del comedor, se abalanzó sobre ella, le colocó el cuchillo cerca del cuello y la arrastró hasta un rincón de la vivienda, al tiempo que le advertía “te voy a matar”, “vos no me das nada a mí”, “la otra (en alusión a una expareja) me daba todo” y volvió a amenazarla, diciéndole “te voy a matar”.
Ese mismo domingo, pero alrededor de las 21, Neira mandó a Salas González a comprar cigarrillos, pero cuando la mujer le dijo que no iría porque no tenía dinero, su concubino le dijo en tono amenazante: “Andá, porque sabés lo que te va a pasar”, en referencia a los golpes de puño que le había aplicado por la mañana.
De acuerdo con la acusación, recién al día siguiente (lunes 5) Neira le permitió a su pareja concurrir al Hospital de Villa Nueva, donde los médicos que la atendieron constataron que presentaba un hematoma en el muslo izquierdo, lesión por la que se le asignaron 15 días de curación.
No hubo denuncia
Si bien Salas González no formuló denuncia contra su concubino, el fiscal René Bosio, al tomar conocimiento del hecho, resolvió intervenir de oficio y no sólo decidió procesar a Neira sino que además ordenó su detención pocos días después.
Para tomar cartas en el asunto, el titular de la Fiscalía de Instrucción del Tercer Turno consideró que el violento episodio sufrido por la mujer era una “causa de interés público”, tal como lo establece la “Convención de Belém do Pará” por la protección integral de la mujer.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, más conocida como “Convención de Belém do Pará” (localidad brasileña donde se aprobó, el 9 de junio de 1994), define la violencia contra las mujeres, establece el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y destaca a la violencia como una violación de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.
Dicha legislación propone “el desarrollo de mecanismos de protección y defensa de los derechos de las mujeres como fundamentales para luchar contra el fenómeno de la violencia contra su integridad física, sexual y psicológica, tanto en el ámbito público como en el privado, y su reivindicación dentro de la sociedad”.
Antecedentes
La sanción impuesta en la víspera fue la décima que registra este irascible albañil en su extenso prontuario judicial. Nueve de esas condenas fueron aplicadas en Villa María (la primera, en suspenso, y las ocho restantes de cumplimiento efectivo) y la restante en Río Cuarto.
Entre mediados de 2011 y diciembre de 2012, Neira fue condenado dos veces por distintos hechos de violencia familiar. Se trata de un individuo con una personalidad por demás agresiva, confeso adicto al alcohol y la cocaína.
Esas circunstancias lo llevaron a cometer violentos episodios que lo dejaron tras las rejas en numerosas oportunidades, casi siempre por delitos contra las personas.
Ocho de sus explosivas reacciones terminaron en procesos judiciales con sus correspondientes sentencias y así, en diferentes períodos, pasó un largo tiempo en la cárcel.
En rigor de verdad, todas las condenas que le impusieron fueron más bien leves, aunque registra una que data de mayo de 2003, cuando se le aplicó una sanción de tres años de prisión de cumplimiento efectivo -y se lo declaró reincidente por cuarta vez- por haber participado en un “robo calificado” de automotor junto a otros tres sujetos.
Juez y partes
La audiencia de debate fue presidida por el camarista Félix Martínez y contó con la participación del fiscal en lo Correccional, Horacio Vázquez, y de la abogada Liliana Domenella de Ramos (de Villa Carlos Paz), todos ellos con la Secretaría de Marcela Mattalía.