El profesional aseguró que ya no se dan tantos remates de herramientas, cuadros o antigüedades. “Se hacen cada vez menos porque no conviene tanto”, afirmó
Enzo Salera integra la comisión de la delegación local del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos Inmobiliarios de la provincia de Córdoba y, consultado por este medio, se refirió a las actividades por las que antes se lo conocía al martillero o “rematador”.
La subasta de cuadros, máquinas agrícolas en desuso o antigüedades “se ven cada vez menos”, según comentó Salera, debido a que “no conviene”, hablando desde el punto de vista del profesional.
“El martillero trabaja más como judicial o en remates públicos administrativos que organizan las municipalidades”, aseguró.
El artículo 14 de la Ley Nº 7.191, que rige la actividad, establece cuáles son derechos que gozan los martilleros:
- a) Percibir los honorarios devengados a su favor, conforme lo convenido con el comitente, o los que correspondan de acuerdo al arancel fijado en la presente ley.
- b) Al reintegro de los gastos realizados con motivo de su gestión, aún cuando ésta fracasare, y hubieren sido necesarios o autorizados, o cuando el producido del remate hubiere sido insuficiente.
- c) Solicitar al juez todas las medidas de seguridad necesarias para la realización de actos propios del ejercicio de su profesión, cuando actuaren por orden judicial o autorización suficiente del comitente.
- d) Perseguir por vía de apremio, el pago de honorarios y gastos aprobados judicialmente. El cobro de éstos puede también perseguirse por vía de ejecución, en el juicio principal que los originó.
- e) A los fines del ejercicio profesional, formar sociedades de cualquier tipo que autoricen las leyes nacionales.
- f) Denunciar ante el Colegio Profesional y/o la autoridad competente, toda transgresión a la presente ley.
- g) Formular oposiciones fundadas en trámites de inscripción que se promuevan, sin que ello implique falta disciplinaria.
- h) Requerir directamente de las oficinas públicas, bancos oficiales y privados, entidades financieras y particulares, los informes y certificaciones necesarios para el cumplimiento de sus actividades profesionales.
- i) Convenir, con el comitente o consignatario o con la sociedad a la que estuvieren vinculados, la retribución por sus servicios.
- j) Percibir los gastos y honorarios que fije el arancel en la forma dispuesta en el Capítulo IV, Título VI de esta ley o que hubieren convenido, cuando por causas que no fueren imputables, les sean revocadas las autorizaciones para seguir interviniendo.
¿Por qué se celebra este día? – Los pioneros de Tandil
Como ya lo hemos dicho en otra oportunidad, el 11 de octubre se conmemora el Día del Martillero Público porque en un día como hoy, pero de 1943, se llevó a cabo en la ciudad bonaerense de Tandil, la asamblea constitutiva de pioneros y forjadores de la profesión, en la que se consolidó la idea de formar una asociación, federación o colegio de martilleros y corredores públicos.
Finalmente, el 22 de diciembre de 1945, se estableció que el 11 de octubre sería el Día del Martillero Público.
El martillero público o rematador es un profesional que realiza ventas en remates públicos de cualquier clase de bienes muebles, inmuebles, semovientes y derechos, marcas, patentes y, en general, todo bien cuya venta no esté prohibida por la ley o encomendadas a otras profesiones específicas.
Las ventas pueden ser encomendadas por un particular (remates privados), por el Estado (remates oficiales) o por la Justicia (remates judiciales) y siempre deben realizarse en forma pública y al mejor postor. El martillero público, además, puede practicar y expedirse en tasaciones de inmuebles y muebles en general.
En Argentina para ser martillero público es necesario cursar una carrera universitaria y, para ejercer la profesión, el graduado debe matricularse en el Colegio de Martilleros correspondiente a la jurisdicción en donde se desempeñará.
Los martilleros públicos pueden desempeñarse también como auxiliares de Justicia en los procesos en donde el juez necesita saber el valor de una propiedad o decide el remate de un bien mueble o inmueble de un deudor moroso.
El martillo
La expresión martillero viene de quien “maneja el martillo” y se asociaba a las ventas de cosas en público, donde los interesados pujaban, adjudicando el vendedor, mediante un “golpe de martillo”, el bien o compra al último oferente, tal como ocurre hasta nuestros días.
A quienes ejercían este oficio o profesión, se les llamó también “subastadores”, palabra que une sub (bajo) y asta (bandera), lo que significa “debajo de la bandera” que antiguamente se colocaba como símbolo del remate.