La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial emitió fallos respetando lo dictaminado por la fiscal Gabriela Boquín, representante del Ministerio Público Fiscal, para efectivizar las compensaciones y autorizaciones de adquisición para el desarrollo de las actividades de las cooperativas laborales. Se trata de los casos de Mom, Lacar y Central Sodera, se trata de empresas en proceso de quiebra cuyos trabajadores buscaron adquirir bienes de la concursada para retomar la actividad laboral, algo que les había sido negado en primera instancia.
“La representante del MPF había solicitado se revocasen las sentencias de primera instancia en dos juicios y se confirmara la sentencia en un tercero, en todos los casos a favor de la recuperación de la actividad de los trabajadores de las compañías fallidas”, detalló el sitio especializado fiscales.gob.ar .
En uno de los casos (los tres son muy parecidos) la cooperativa pretendía adquirir algunos bienes que integraban la planta de la empresa a través de la compensación de créditos laborales, pero el juez de primera instancia denegó esta posibilidad al no haber existido continuación en la actividad laboral: ante la apelación de MOM, el expediente se elevó a Cámara, donde el Ministerio Público Fiscal destacó que ni el artículo 203 bis ni el 205 de la Ley de Concursos y Quiebras, que rigen el procedimiento de venta cuando interviene la cooperativa, exigen como recaudo la continuación de la actividad de manera inmediata.
En otro, cuando Christian Langenheim, propietario de la empresa Lanci Impresores, dejó de pagar salarios y declaró a la gráfica en convocatoria de acreedores, los trabajadores se cooperativizaron en 2013 para continuar con la producción y resistieron dentro de la fábrica.
Pero en mayo de ese año, la jueza contravencional y de Faltas 16 de la Ciudad de Buenos Aires, Claudia Amanda Alvarado, ordenó a la Policía Metropolitana que desaloje a los operarios, quienes luego de ser obligados a abandonar la empresa, acamparon en la vereda de la gráfica para evitar el vaciamiento.
Ahora, tanto en esos caso como en el de Central Sodera, la Justicia adoptó el mismo criterio, para que la actividad continúe a través de los trabajadores.