Cuáles son y cómo funcionan
La ley del Programa de Recuperación Productiva, aprobada a mediados de 2016, dispuso varias medidas que ofrecen un tratamiento especial en materia impositiva para las Pymes
a ley del Programa de Recuperación Productiva Nº 27.264, aprobada a mediados de 2016, dispuso varias medidas que ofrecen un tratamiento especial en materia impositiva para las Pymes. Por ahora, poco más de un tercio de las Pymes están en el registro en el cual deben inscribirse para aprovechar las ventajas.
En tanto, la reforma tributaria de fines de 2017 tiene otros beneficios y también se elimina en forma progresiva la posibilidad de tomar a cuenta del IVA pagos de contribuciones patronales, algo que para un grupo de Pymes, y al menos dejaría un saldo negativo, aun con la disposición que establece un monto de salarios exento de cargas patronales.
A esa quita de la compensación se agrega un aumento, también gradual, del porcentaje de la carga, por el objetivo de fijar un porcentaje unificado para las empresas de toda la economía.
Según el Ministerio de Producción, son 853.886 las micro, pequeñas y medianas empresas. De ellas, 309.117 (el 36,2%) tiene vigente el certificado que le permite acceder a beneficios impositivos como diferir el pago del IVA, tomar a cuenta de Ganancias del 10% de sus inversiones o computar el impuesto al cheque a cuenta de Ganancias, señala La Nación.
Las cifras de la cartera indican que, hasta ahora, el uso de los incentivos significó unos $30.000 millones. El certificado se gestiona en la página web de la AFIP y tiene una vigencia temporal .
Diferentes casos
El nivel de facturación y la actividad realizada ubica a cada pyme en una de las categorías dispuestas por la resolución 24 de la Secretaría Pyme, que se usan para diferenciar el acceso a algunos beneficios.
Por ejemplo, las ventas anuales que se pueden tener como máximo para ser pyme son de $900 millones: ese tope corresponde al ítem de mediana empresa del tramo 2 en el comercio. Las ventas a considerar son las del promedio de los tres últimos años, excluido el IVA y deducido hasta el 50% del monto de exportaciones.
La ley Pyme también establece la garantía de estabilidad fiscal a la que se comprometen las provincias adherentes (no aumentan las cargas locales por 2 años); 14 de las 24 jurisdicciones están adheridas.
El abogado Diego Fraga, especializado en materia tributaria, dice que para sacar provecho de las medidas hay que interiorizarse. «Los asesores han estado bastante ocupados por temas como el blanqueo, la moratoria y otras reformas, y tal vez no han tenido tiempo para dedicarse a exprimir los beneficios aprobados para las Pymes», señala. Y agrega que es importante vencer ciertos prejuicios, «como la creencia de que si uno va a pedir algo a la AFIP, inmediatamente queda bajo la lupa del organismo», agregó.
«Muchas Pymes desconocen estos sistemas», afirma por su parte la contadora Silvia Tedin, socia del estudio San Martín, Suarez y Asociados, quien agrega que el pedido del certificado y su renovación son trámites bastante simples.
Principales ventajas para Pymes
Diferimiento del pago del IVA. La ley 27.264 establece que las Pymes pueden ingresar el saldo de las declaraciones juradas de este impuesto en el segundo mes inmediato al del vencimiento original.
«La presentación de la declaración jurada sigue siendo mensual, lo que difiere es la fecha de pago del saldo resultante», aclara César Litvin, contador y socio de Lisicki, Litvin y Asociados, quien puntualiza que para obtener el beneficio hay que presentar un formulario en la página de la AFIP y esperar la respuesta de aceptación o rechazo, que llega por la ventanilla electrónica del contribuyente.
Para Fraga, esta es una medida que puede resultar muy significativa para solucionar algunos problemas financieros que afectan a las Pymes.
El tributarista Marcos Verdún, valora la medida pero pone el ojo en dos cuestiones prácticas: una es que, según la resolución 4.010 de la AFIP, se interpreta que cuando se hace por esta modalidad diferida, el pago debe ser, exclusivamente, por transferencia electrónica de fondos (con un VEP), por lo que no se admitirían compensaciones.
Por otro lado, dice, se dispuso que el incumplimiento del pago hará caer el beneficio, sin que se haya fijado un límite de tolerancia. «Sería conveniente que este requisito se flexibilice, porque se podría perder el beneficio por la demora de un solo día en el pago», afirma.
Compensación del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios. Las empresas micro y pequeñas pueden tomar la totalidad del pago del impuesto al cheque a cuenta de Ganancias. Y las medianas del tramo 1 del rubro industrial (facturan más de $64 millones y hasta $520 millones anuales), pueden tomar a cuenta hasta el 50% de los pagos.
Según el dato oficial, entre octubre de 2016 y diciembre de 2017 la medida implicó más de 6.700 millones de pesos. La mayor participación, con unos 2700 millones de pesos, le correspondió a la industria, donde está el 10% de las Pymes.
«Medidas así las necesitan todas las Pymes», señala Tedin, en referencia a la discriminación fijada con respecto al tipo de actividad que se hace en el caso de empresas medianas (favoreciendo a la industria y dejando al margen al comercio y los servicios que, en el universo pyme, tienen mucho más peso). La razón, dice, estaría en las necesidades de recaudación. «Dar ese beneficio de manera más extendida ayudaría a la bancarización de la economía», dice la contadora.
Cómputo de inversiones a cuenta de Ganancias. Un 10% del valor de lo invertido puede tomarse para saldar las obligaciones de Ganancias, con un límite de hasta el 2% de los ingresos netos por ventas (o del 3% en el caso de Pymes industriales que no sean medianas del tramo 2).
Las cifras oficiales muestran un impacto de 1.700 millones de pesos en el primer año de la medida.