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Nueva modalidad para recuperar gastos

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Nueva modalidad para recuperar gastos
Integrantes de la Cámara de Productores Asesores de Seguros dieron detalles sobre este beneficio

Esta cobertura ya existía, pero no estaba reglamentada; cubre los gastos de atención en los centros de salud pública y la indemnización a las víctimas de accidentes de tránsito

Integrantes de la Cámara de Productores Asesores de Seguros dieron detalles sobre este beneficio

La Cámara de Productores Asesores de Seguros de Villa María y la Región, nacida recientemente en el seno de la Asociación de Empresarios de la Región Centro Argentino (AERCA), dio a conocer ayer un beneficio que permitirá recuperar lo invertido en accidentes de tránsito ante los centros de salud pública.

En su sede de AERCA, la Cámara presentó este instrumento de recupero de gastos, que estarán cubiertos por la Obligación Legal Autónoma (OLA), recientemente implementada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

La OLA, prevista en el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil, Ley Nº 24.449, persigue un fin netamente social, asegurando la atención de manera inmediata de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales o muerte.

Esta cobertura siempre estuvo dentro del Seguro de Responsabilidad Civil, pero nunca se puso en práctica porque la autoridad de aplicación (SSN) no dio a conocer el proceder administrativo necesario.

La OLA cubre gastos sanatoriales y de sepelio a terceros víctimas de un accidente de tránsito dentro del territorio nacional, siempre y cuando el vehículo motivo del accidente posea seguro.

Están habilitados para dar la prestación los hospitales y/o centros de salud pública y el plazo para reclamar el cobro, según lo previsto en la Ley Nº 24.449, es de dos años.

En tanto, la víctima, sus familiares directos y/o toda entidad subrogante en los derechos de la víctima son quienes pueden reclamar el resarcimiento económico del accidente. El reclamo de la indemnización se hace a las compañías de seguros involucradas en cada uno de los siniestros.

Una vez presentado el reclamo y que esté aceptado por la compañía, la aseguradora debe indemnizar dentro de los próximos cinco días hábiles.