Uno se llama Juan José “Juanchilla” Aguirre y el otro es su amigo Julio Eduardo Fernández, quienes confesaron los abusos sexuales ocurridos en 2010 y diciembre de 2014. Las víctimas son menores del entorno familiar de ambos condenados
A pedido del fiscal de Cámara y de las abogadas defensoras, como consecuencia de un acuerdo previo entre las partes, el juez René Gandarillas impuso ayer penas de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo a dos sujetos que violaron a dos menores de su entorno familiar en la localidad de James Craik.
Se trata de Juan José Aguirre, alias Juanchilla, de 46 años, y de su amigo Julio Eduardo Fernández, de 24, quienes admitieron haber cometido los ilícitos ocurridos durante el segundo semestre de 2010 y el 22 de diciembre de 2014, fecha -esta última- en la que ambos fueron detenidos.
Aguirre fue declarado autor de “abuso sexual con acceso carnal” por un hecho registrado hace seis años y que tuvo como víctima a una adolescente que por entonces tenía 13 años (actualmente, 19 años) que estaba a su guarda.
En tanto, Fernández fue condenado por el mismo delito, a raíz de un episodio similar en perjuicio de una familiar directa de su concubina, hecho en el que Aguirre también tuvo una participación activa.
Si bien Juanchilla intervino en los dos casos, la pena fue la misma para ambos violadores porque su confesión permitió esclarecer el segundo abuso, acaecido el 22 de diciembre de 2014.
A puertas cerradas
Como los hechos fueron de instancia privada, el juicio oral se realizó a puertas cerradas, es decir sin la presencia de público ni de los medios de prensa en la sala de audiencias que la Cámara del Crimen de Villa María tiene en el quinto piso de Tribunales.
No obstante, pudo saberse que ambas menores tenían 13 años cuando fueron abusadas por los ahora condenados.
Aguirre es oriundo de James Craik, pero fue detenido en el paraje Colonia Santa Rita, donde estaba domiciliado al momento de producirse el segundo abuso, mientras que Fernández se domiciliaba en Tío Pujio, aunque nació en la provincia de Corrientes.
Los dos se dedicaban a tareas agropecuarias.
Condenado en 2005
En materia de antecedentes, Juanchilla registra una condena dictada por la Cámara del Crimen local el 11 de octubre de 2005, cuando se le impuso una pena de tres años de prisión por la sustracción de cereales en la zona rural de James Craik.
Aguirre estuvo implicado en un sonado caso de asalto a mano armada y abuso sexual ocurrido el 4 de febrero de 2004 en perjuicio de un matrimonio afincado en un campo cercano a Tío Pujio, pero luego de varias audiencias de debate quedó desligado de ese hecho y se le impuso una sanción menor por el robo de cereales. En cambio, Fernández recibió ayer su primera condena.
En la cárcel hasta…
En principio, los dos estarán en situación de tramitar la “libertad condicional” cuando cumplan las dos terceras partes de la pena impuesta (es decir, cinco años y cuatro meses), por lo que podrían ser excarcelados el 22 de abril de 2020, siempre y cuando observen buena conducta y, oportunamente, sorteen exitosamente una pericia psicológica que acredite que están aptos para reinsertarse en la sociedad.
Sin embargo, como la Justicia es mucho más estricta en los casos de abuso sexual y de robo con armas, lo más probable es que tanto Aguirre como Fernández deban completar las condenas, pudiendo acceder a la “libertad asistida” sólo seis meses antes del cumplimiento total de la pena, con lo cual podrían salir de la cárcel a fines de junio de 2022.
Juez y partes
Además del juez Gandarillas, participaron de las deliberaciones el fiscal Francisco Márquez y las abogadas Liliana Domenella de Ramos (de Córdoba, defensora de Aguirre) y María Cristina Valles (de James Craik, representante legal de Fernández), mientras que Gabriela Sanz fue la secretaria actuante.
Qué dice la ley
En su tercer párrafo, el artículo 119 del Código Penal de la Nación establece que se impondrá condena “de ocho a 20 años de prisión si… b) el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda” y si… “f) el hecho fuere cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.