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Otro preso condenado por tener droga en la cárcel villamariense

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Otro preso condenado por tener droga en la cárcel villamariense

Se trata del cordobés Carlos Robledo, a quien le encontraron 16 gramos de marihuana picada en la celda que ocupa en el Establecimiento Penitenciario Nº 5. La pena impuesta fue unificada con otra que tenía pendiente, en una sanción de cuatro años

Carlos Antonio Robledo es esposado por un agente penitenciario. A la izquierda, el abogado cordobés Sebastián Lascano, que ejerció la Defensa
Carlos Antonio Robledo es esposado por un agente penitenciario. A la izquierda, el abogado cordobés Sebastián Lascano, que ejerció la Defensa

A sólo 24 horas de imponérsele idéntica sanción a otro presidiario local, un convicto oriundo de la ciudad de Córdoba fue condenado ayer en la Cámara del Crimen de Villa María por tener marihuana en la celda que ocupa en el penal de barrio Belgrano.

La pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo, multa de 700 pesos y declaración de reincidencia recayó en Carlos Antonio Robledo, un vendedor de ropa que confesó ser el propietario de los 24 envoltorios termosellados que contenían un total de 16 gramos de picadura de marihuana que personal del Servicio Penitenciario secuestró el 21 de mayo de 2014 durante una requisa realizada en el pabellón 2, celda 17.

 

Condena anterior

Robledo, de 33 años (16 de enero de 1983) y padre de tres hijos, tenía un antecedente penal computable como consecuencia de haber sido condenado en 2009 a ocho años de prisión por la Cámara 11ª del Crimen de la capital provincial por hechos de “robo calificado” y “lesiones graves”.

El convicto obtuvo la “libertad condicional” y quedó debiendo dos años y tres meses de prisión, motivo por el cual se unificaron ambas sentencias y se dictó una única pena de cuatro años de cárcel, multa de 700 pesos y declaración de reincidencia.

El hecho de haber sido declarado reincidente le impedirá a Robledo acceder a la condicional y tendrá que purgar la sanción de manera casi íntegra, aunque con buena conducta podría acceder al beneficio de la “libertad asistida”, instituto legal que permite salir seis meses antes del cumplimiento total de la condena.

 

Juez y partes

El juicio oral y público fue presidido por el camarista René Gandarillas y contó con la participación del fiscal Francisco Javier Márquez y del abogado cordobés Sebastián Héctor Lascano (ejerció la Defensa), mientras que como secretaria actuante intervino Gabriela Mercedes Sanz.

A poco de comenzada la audiencia de debate y tras la lectura de la pieza acusatoria, Robledo pidió declarar y en su exposición admitió ser el dueño de aquellos envoltorios de marihuana, con lo cual el juicio se realizó bajo la modalidad de “trámite abreviado”.

La confesión del presidiario, imputado por el delito de “tenencia simple de estupefacientes”, evitó que se tomaran testimonios en la sala por lo que, tras la incorporación de toda la prueba obrante en el expediente, alegaron la Fiscalía y la Defensa.

En rigor de verdad, Márquez y Lascano habían acordado previamente la pena que iban a solicitar en el caso de que Robledo reconociera su culpabilidad. Así, el acusador público pidió la condena ya descripta y, a su turno, el letrado cordobés adhirió al requerimiento.

En el mismo fallo condenatorio, el juez Gandarillas dispuso que se remita copia de la sentencia al fiscal de Instrucción Móvil de Lucha contra el Narcotráfico, Walter Ramón Gesino, para que investigue cómo entra la droga a la cárcel de Villa María.

El propio fiscal Márquez consideró luego que la parte más relevante del fallo fue precisamente el pedido del magistrado para que se investigue minuciosamente de qué manera ingresan la marihuana y la cocaína al establecimiento carcelario.

“Es lamentable… no puede ser que no se pueda evitar que entre droga a la cárcel; por eso, el doctor Gesino tendrá que hacer las averiguaciones correspondientes para tratar de esclarecer el asunto”, señaló el funcionario judicial en diálogo con EL DIARIO.

 

Qué dice la ley

En su primer párrafo, el artículo 14 de la Ley Federal de Estupefacientes Nº 23.737 establece que “será reprimido con prisión de uno a seis años y multa (…) el que tuviere en su poder estupefacientes”.

Finalmente, cabe recordar que el martes pasado, en un juicio de similares características al de Robledo, el presidiario Néstor “Chachán” Guzmán recibió la misma pena por “tenencia simple de estupefacientes”.

Durante una requisa realizada el 20 de noviembre de 2013, los agentes penitenciarios encontraron 27 envoltorios termosellados que contenían 24 gramos de cocaína.