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Tercera condena para un irascible electricista que golpeó a su pareja

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Tercera condena para un irascible electricista que golpeó a su pareja
Pablo Diana volvió a sentarse en el banquillo de los acusados, pero esta vez por haber golpeado, amenazado y encerrado a quien era su pareja

Se trata de Pablo Diana, quien fue hallado culpable de “amenazas”, “privación ilegítima de la libertad” y “lesiones leves” en perjuicio de su exconcubina, Gisela Romero. Como lleva 10 meses entre rejas, podría salir de la cárcel la próxima semana

Pablo Diana volvió a sentarse en el banquillo de los acusados, pero esta vez por haber golpeado, amenazado y encerrado a quien era su pareja
Pablo Diana volvió a sentarse en el banquillo de los acusados, pero esta vez por haber golpeado, amenazado y encerrado a quien era su pareja

Un electricista villamariense fue condenado ayer en la Cámara del Crimen local por tercera vez en menos de seis años, pero aún así quedó a un paso de recuperar la libertad por el tiempo que lleva detenido.

Al cabo de un juicio oral y público de trámite abreviado, Pablo Daniel Diana fue declarado autor penalmente responsable de “amenazas”, “privación ilegítima de la libertad” y “lesiones leves”, delitos por los que se le impuso una pena de un año y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia.

Diana, de 32 años (nació en esta ciudad el 30 de junio de 1983), confesó haber golpeado a quien era su pareja, Gisela Soledad Romero, en un episodio de violencia de género ocurrido hace 10 meses en la vivienda que ambos ocupaban en Villa Nueva.

 

Maldita droga

En efecto, alrededor de las 3 de la madrugada del 14 de junio de 2015, en medio de una fuerte discusión y producto del consumo de drogas, el irascible sujeto le propinó varias cachetadas y golpes de puño en el rostro a Romero y posteriormente le advirtió que si lo denunciaba la mataría y luego se quitaría la vida.

Cerca del mediodía, Diana se ausentó del domicilio donde vivía con su pareja, pero la dejó encerrada en una dependencia sin ventanas, por lo que la joven mujer permaneció varias horas privada de su libertad.

A raíz de la agresión física, la víctima resultó con hematomas y escoriaciones en el rostro y la cabeza, que demandaron siete días de curación (por eso fueron leves).

 

Con antecedentes

El colérico individuo fue detenido poco después, sobre todo porque registraba dos antecedentes penales, uno de ellos por otro episodio de violencia en el que golpeó en la cabeza a un taxista con una botella de vidrio.

Dicho incidente se produjo el 2 de febrero de 2012, en pleno centro de Villa María, donde agredió físicamente al trabajador del volante Elder Benavídez, e incluso le rompió el parabrisas de su automóvil.

El 7 de junio de ese mismo año, Diana fue juzgado en la Cámara del Crimen, donde se lo declaró autor de “lesiones leves” y “daño”, y se le aplicó una pena de tres meses de cárcel de cumplimiento efectivo.

Pero como estaba adeudando parte de una condena de tres años, dictada en mayo de 2010 por un hecho de “robo calificado por escalamiento”, en ese segundo juicio se le impuso una pena unificada de dos años y cinco meses de prisión, con declaración de reincidencia.

 

De nuevo en prisión

Diana completó la sanción el 19 de mayo de 2014 y apenas 13 meses después volvió a ser detenido a raíz de la agresión a su exconcubina.

A la hora de los alegatos, el fiscal Francisco Márquez aludió a las circunstancias en que se produjo el violento incidente en perjuicio de Romero y destacó que, momentos antes, el agresor había consumido estupefacientes.

Con respecto a la pena impuesta, fue producto de un acuerdo previo entre el acusador público y el abogado defensor Eduardo Rodríguez, para el caso de que el iracundo presidiario confesara los hechos.

La audiencia de debate fue presidida por el camarista René Gandarillas y contó con la participación de la secretaria Gabriela Sanz.

 

Libertad asistida

Pese a tratarse de un reincidente, Diana podría salir de la cárcel la semana próxima gracias al instituto legal conocido como “libertad asistida”, que permite la excarcelación seis meses antes del cumplimiento total de la pena impuesta.

Para que eso suceda, la autoridad judicial competente deberá evaluar el comportamiento disciplinario durante el período de detención.

Por lo pronto, el violento convicto ya lleva 10 meses entre rejas, por lo que le quedan otros cuatro meses para completar la sanción impuesta en la víspera, de modo que está en situación legal de recuperar la libertad.