El primero fue declarado culpable de todos los delitos que se le atribuían y se le impuso una sanción apenas un año por debajo de la que había pedido el fiscal en su alegato del viernes. El segundo fue sentenciado en un juicio de trámite abreviado
La Justicia villamariense condenó ayer a dos violadores por hechos cometidos en Villa Nueva y en esta ciudad en perjuicio de una menor y de un muchacho, respectivamente.
Se trata de Germán Darío Sosa (36), un albañil oriundo de Oliva, y del multireincidente presidiario Carlos Dante Rafuls (54), alias “Calabaza”, quienes fueron juzgados en la Cámara del Crimen local.
En la quinta y última audiencia del juicio que se le siguió, Sosa recibió una pena de 13 años de prisión efectiva luego de ser declarado autor penalmente responsable de “abuso sexual gravemente ultrajante”, “abuso sexual con acceso carnal continuado en un número indeterminado de hechos”, “corrupción de menores agravada”, “coacción agravada por uso de arma” y “coacción simple”, delitos que tuvieron como víctima a una menor de su entorno familiar que en la actualidad tiene 17 años.
En tanto, en el marco de un juicio de trámite abreviado, al “Calabaza” Rafuls se le impuso una condena de seis años de cárcel luego de ser hallado culpable de “abuso sexual con acceso carnal reiterado” (dos hechos) en perjuicio de un joven de 20 años.
Audiencia final
Poco después de las 9 y tras un cuarto intermedio dispuesto el pasado viernes, la camarista Silvia Saslavsky de Camandone reanudó el debate con la instancia procesal conocida como “última palabra”, oportunidad en la que Sosa señaló escuetamente que era “inocente”.
Unos 30 minutos más tarde, la secretaria Gabriela Sanz dio lectura a la parte resolutiva de la sentencia, mediante la cual la jueza le impuso al trabajador de la construcción una pena de 13 años de prisión de cumplimiento efectivo.
Cabe recordar que, durante su alegato, el fiscal Francisco Márquez había solicitado una sanción de 14 años de cárcel, mientras que la Defensa del acusado, ejercida por los abogados Marcelo Castro y David Bazán Carricaburu, pidió la absolución.
Germán Sosa, nacido en Oliva el 29 de noviembre de 1978, pero domiciliado desde hace algunos años en Villa María y luego en Villa Nueva, se encuentra detenido desde los primeros días de septiembre de 2014.
Los cuatro hechos por los que fue juzgado y condenado se produjeron en fechas no precisadas con exactitud, pero ubicadas en el transcurso de los años 2009 y 2011 (los dos primeros) y en junio y agosto de 2014 (los restantes), en la vivienda que por entonces ocupaba en la vecina ciudad, sobre calle Comercio.
La víctima de esos graves abusos es una adolescente que, al momento de los hechos, tenía entre 11 y 16 años.
Novena condena
A las 10, en el segundo juicio del día, Carlos Rafuls recibió la novena condena en sus 54 años de vida (la anterior data de 2004), y en esta ocasión no fue por delitos contra la propiedad, como la gran mayoría de sus sentencias, sino por haber violado a un muchacho en las afueras de Villa María.
El abuso se produjo pasada la medianoche del 24 de marzo de 2014 en un loteo que está ubicado a un costado de la ruta nacional 158, pasando el Hotel Amerian, donde a bordo de su automóvil Fiat Duna el convicto multireincidente sometió a sus bajos instintos a un joven de 20 años, al que obligó a practicarle sexo oral para luego accederlo carnalmente.
Un sereno que estaba apostado en el obrador del predio escuchó gritos pidiendo auxilio, por lo que de inmediato dio aviso a la Policía. Cuando arribaron al lugar, los efectivos encontraron a Rafuls sentado en el asiento del conductor y a su lado al muchacho, quien con lágrimas en los ojos les contó lo que le había sucedido.
El agresor sexual no utilizó armas, pero se valió de su mayor fortaleza física y de las amenazas proferidas sobre el joven para consumar el abuso en un sector descampado y alejado de las luces de la ciudad.
El juicio fue presidido por el camarista René Gandarillas y contó con la participación del fiscal Márquez, del abogado villanovense Jorge Bustos (defendió a Rafuls) y del secretario Guillermo Picco.
Cabe señalar que, a poco de comenzada la audiencia, declaró en la sala la joven víctima y ni bien concluyó su comparendo, el defensor pidió un cuarto intermedio.
Luego de unos minutos, al reanudarse el debate, Rafuls pidió la palabra y confesó su responsabilidad en el hecho. Ante esta circunstancia, tanto Márquez como Bustos solicitaron que el juicio continuara bajo la modalidad de trámite abreviado, por lo cual no se receptaron más testimonios y se incorporó por lectura toda la prueba obrante en el expediente.
A la hora de los alegatos, el acusador público solicitó una pena de seis años de prisión, requerimiento al que luego adhirió Bustos.
Otros detalles
Carlos Rafuls es un jornalero que nació el 24 de diciembre de 1960 y, según el padrón electoral, registra último domicilio en Carlos Pellegrini 351, en barrio Centro Este de Villa María.
En materia de antecedentes penales, “Calabaza” fue condenado por primera vez en 1982, cuando tenía 21 años, y recibió otras siete sanciones entre 1992 y 2004. En la tercera sentencia se lo declaró reincidente por primera vez y luego fue sumando otras sanciones, casi siempre por delitos contra la propiedad.