Juicio abreviado – La víctima y la criatura que engendraba se salvaron por milagro
La condena recayó en José Efraín Caruso, un productor agropecuario que se declaró culpable del tremendo suceso ocurrido el 11 de junio de 2016. Por celos, le descerrajó siete balazos a su expareja, Brenda Vanina Casas. La joven estaba embarazada de 14 semanas
El autor de un estremecedor hecho de sangre ocurrido en la ciudad de Oliva a mediados de 2016 recibió ayer una pena de 13 años de prisión, con declaración de reincidencia, al cabo de un juicio por jurados que se realizó bajo la modalidad de trámite abreviado en la Cámara del Crimen de Villa María.
Se trata de José Efraín Caruso (36), un productor agropecuario santacruceño que confesó haber querido asesinar a su expareja, Brenda Vanina Casas (25), al efectuarle siete disparos con un revólver calibre 22, cuatro de los cuales impactaron en la región abdominal y otros dos en la cabeza.
Al momento del brutal episodio, la joven estaba embarazada de poco más de tres meses y, pese a que las heridas que sufrió fueron graves, tanto ella como la criatura que llevaba en sus entrañas (hija de Caruso) salvaron milagrosamente sus vidas.
Caruso, nacido en la provincia sureña el 13 de mayo de 1981, pero domiciliado en Oliva desde hacía varios años, ya no estaba en pareja con Brenda, aunque igualmente desconfiaba que la niña fuera suya.
Acorralado por celos enfermizos, las inseguridades emocionales y su adicción a las drogas, el 11 de junio de 2016 el agresor llegó a la vivienda que ocupaba Casas y, luego de engañarla (ver “Ataque artero y brutal”), logró ingresar violentamente al inmueble, donde le descerrajó los siete balazos con la clara intención de ponerle fin a su vida y a la de la beba que estaba engendrando.
Acuerdo de partes
En base a un acuerdo previo entre la Fiscalía, la Querella y la Defensa, el juicio se abrevió luego que Caruso se declarara culpable del alevoso ataque.
En efecto, hace algunos días el fiscal Francisco Márquez y los abogados Guillermo Romero (representante de Casas, quien se constituyó en la causa como querellante particular) e Iván Rivarola (defensor del agresor) habían pactado la pena finalmente impuesta por los miembros del tribunal si Casas confesaba lisa y llanamente el hecho.
Cabe señalar que Caruso llegó a juicio acusado como presunto autor de “femicidio en grado de tentativa”, un delito que es castigado con una pena de 10 a 15 años de prisión.
Como hecho atribuido al agresor está contemplado dentro de la Ley Provincial Nº 9.182 de Jurados Populares, el juicio se llevó a cabo con tres jueces técnicos y un jurado conformado por 12 ciudadanos comunes (ocho titulares y cuatro suplentes), en igual número de hombres y mujeres.
El artículo 2º de la citada norma legal establece que “las Cámaras con competencia en lo Criminal deberán integrarse obligatoriamente con jurados populares cuando se encuentren avocadas al juzgamiento de los delitos comprendidos en el fuero Penal Económico y Anticorrupción Administrativa (…) y también de los delitos de homicidio agravado (artículo 80), delitos contra la integridad sexual de los que resultare la muerte de la persona ofendida (artículo 124), secuestro extorsivo seguido de muerte (artículo 142 bis), homicidio con motivo u ocasión de tortura (artículo 144) y homicidio con motivo u ocasión de robo (artículo 165), todos ellos del Código Penal de la Nación”.
Tribunal a pleno
El debate oral y público fue presidido por el camarista René Gandarillas y, junto a él, intervinieron sus pares Eve Flores de Aiuto y Félix Martínez. Si bien el jurado popular se constituyó en la sala, no fue necesario que tomara parte de las deliberaciones posteriores, ya que Caruso se declaró culpable.
A poco de comenzada la audiencia y tras la lectura de la pieza acusatoria, tarea que estuvo a cargo de la secretaria Gabriela Sanz, el agresor admitió su responsabilidad penal en el hecho y posibilitó que el juicio se abreviara.
Durante su declaración, Caruso dijo que si no hubiera sido por su adicción a la cocaína, el atentado contra la vida de Brenda no habría ocurrido.
Seguidamente se incorporó por lectura toda la prueba colectada en el expediente y, sin más trámite, se pasó a los alegatos de las partes.
En esa etapa del proceso, el fiscal Márquez realizó una descripción de los hechos ocurridos aquel sábado de junio de hace casi dos años y concluyó su exposición solicitando una condena de 13 años de prisión efectiva para Caruso.
A su turno, tanto el abogado querellante como el defensor adhirieron al requerimiento del Ministerio Público, todo ello a partir del acuerdo al que habían llegado los tres antes del debate.
Le pidió perdón
Una vez finalizadas las conclusiones y previo a reunirse con los otros miembros del tribunal y los jurados populares para la redacción de la sentencia, el juez Gandarillas le concedió a Caruso la “última palabra”, instancia en la cual el acusado dijo estar arrepentido por lo que había hecho y le pidió perdón a la víctima por el grave daño ocasionado.
Cabe señalar que la hija de Brenda y su agresor nació el 1 de diciembre de ese mismo 2016 (está próxima a cumplir 1 año y 5 meses), se llama Angeles Milagros Casas y vive actualmente con su mamá en Oliva, aunque hace algún tiempo Caruso pidió reconocerla legalmente.
Tratamiento carcelario
En su veredicto, el tribunal también dispuso que Caruso sea sometido a tratamiento psicológico y psiquiátrico, principalmente para recuperarse de su adicción a los estupefacientes, mientras cumple la condena en el Establecimiento Penitenciario Nº 5, ubicado en barrio Belgrano de Villa María.
Detenido desde el mismo día del sangriento hecho, el agresor de Casas tendrá que cumplir íntegramente la pena impuesta y sólo podría salir seis meses antes si se le concede la “libertad asistida”.
De ese modo, Caruso estará en condiciones de ser excarcelado en los primeros días de diciembre de 2028. Para entonces, su hija habrá cumplido 13 años.
Su primera condena fue en 2013 por un cuantioso robo
El 17 de septiembre de 2013, en un juicio de trámite abreviado sustanciado en la Cámara del Crimen villamariense, José Caruso fue condenado a tres años de prisión luego de que confesara haber organizado un robo en la vivienda de un médico de la localidad de Pampayasta Sud y para el cual envió a dos adolescentes a perpetrar el atraco.
El hecho se produjo el 25 de junio de 2012, cuando dos jovencitos de 16 y 17 años ingresaron al domicilio del médico Julio Angel Maldonado y, tras violentar un ropero, se apoderaron de una suma de dinero cercana a los 25 mil dólares.
Los ladrones habían llegado al lugar en un automóvil conducido por Caruso, quien no sólo pergeñó el ilícito, sino que los esperó afuera mientras aquellos consumaban el robo y posteriormente los tres escaparon hacia Oliva con el cuantioso botín.
Lo sorprendente del caso es que uno de los menores es nieto de Maldonado, por lo que valiéndose de esa condición tuvo acceso a una llave de la vivienda ubicada en San Juan 563 de Pampayasta, lo que le permitió ingresar sin necesidad de romper la puerta de acceso al inmueble.
El otro adolescente implicado en la causa es cuñado de Caruso y ambos adolescentes recibieron 3.000 pesos cada uno como pago por los “servicios” prestados.
Caruso llegó a juicio acusado como “partícipe necesario de robo calificado, agravado por la participación de menores”, pero durante la audiencia se cambió la carátula y fue declarado “partícipe necesario de hurto calificado, agravado por la participación de menores”.
Como al momento del juicio llevaba 11 meses entre rejas y por tratarse de un convicto primario, pudo obtener la “libertad condicional” un par de días después de dictarse la sentencia.
Ataque artero y brutal
El sábado 11 de junio del año 2016, alrededor de las 13.30, Brenda Casas se encontraba en su domicilio de General Paz 909, casi esquina Paula Albarracín, de Oliva, y advirtió que en su celular tenía llamadas y mensajes de texto del teléfono de José Caruso, los cuales no alcanzó a leer.
Minutos antes de las 14, Casas escuchó estacionar un vehículo frente a la vivienda, por lo que al asomarse por la ventana vio que se trataba de su expareja, quien había llegado en un Peugeot 504 de color azul, que dejó estacionado al frente, curiosamente con el motor en marcha.
Caruso descendió del rodado, se dirigió a la puerta del inmueble y le dijo a Brenda “abrime la puerta”. Desde adentro, la joven le contestó “no, porque no podés venir para acá”, a lo que el agresor le respondió “abrime, vamos a tomar unos mates”.
Ante la negativa de Casas a franquearle el ingreso, Caruso se acercó a la ventana (que tenía los vidrios cerrados), le hizo una seña, indicándole engañosamente como que no escuchaba lo que decía, por lo que ella intentó abrirla un poco. En ese momento y de manera intempestiva, el ahora condenado sujeto se trepó a la ventana y golpeó el rostro de Brenda con la abertura, para inmediatamente después propinarle una patada a uno de los vidrios, el cual se destrozó, ingresando a la vivienda en contra de la expresa voluntad de Casas.
Siete balazos con destino mortal
Una vez adentro, quedó de frente a la damnificada y, sin mediar palabra, Caruso extrajo de uno de los bolsillos de la ropa que llevaba un revólver calibre 22. Empuñando dicha arma con la mano derecha, con la clara intención de terminar con la vida del feto de 14 semanas que Casas estaba gestando, el cual era fruto de la concepción de ella con el prevenido Caruso (lo que era conocido por éste), le apuntó a la panza y le efectuó cuatro disparos, impactando los mismos sobre el abdomen de la damnificada.
Instantes después continuó su brutal proceder y, con la intención de quitarle la vida a su exconcubina, le efectuó otros tres disparos más: dos impactaron en la zona del cráneo y el restante en el antebrazo izquierdo.
A raíz de ello, Brenda se desplomó en el suelo, quedando boca abajo y agonizando, con profusa pérdida de sangre. Seguidamente, Caruso se dirigió hacia la puerta principal de la vivienda y, de espaldas a la víctima, se efectuó un disparo en la zona de la boca, cayó al piso y también quedó tirado, inconsciente.
Casas resultó con heridas de bala en abdomen y a nivel ilíaco izquierdo, herida de bala en antebrazo izquierdo sin lesión ósea y dos impactos de bala en el cráneo, uno en la región parietal superior y otro en la fosa posterior de la región occipital, produciendo fractura de cráneo.
Pese a recibir siete proyectiles, la joven salvó su vida por milagro, al igual que la niña que engendraba, y estuvo internada alrededor de un mes y medio en un nosocomio de Oliva.
Nota de la Redacción: la causa fue instruida por la fiscal Mónica Alejandra Biandrate, quien la elevó a juicio el 28 de octubre de 2016. Ese mismo día EL DIARIO pudo acceder a la pieza acusatoria, en la cual la funcionaria olivense describió el hecho en similares términos a los descriptos en esta nota.