Para el período 2019 – Se seleccionaron 7.927 ciudadanos para toda la provincia
La aplicación está disponible en la página web del Poder Judicial. De los casi 8.000 cordobeses que fueron sorteados del padrón general, 580 pertenecen al ámbito de la Cuarta Circunscripción Judicial, cuya cabecera es Villa María
Desde ayer está disponible en el sitio web del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba una aplicación que permite a los ciudadanos consultar online si fueron sorteados para ser jurados populares durante el período 2019.
Solo hace falta ingresar el número del DNI y el sexo en el buscador y el sistema informará si esa persona figura en el listado obtenido tras del sorteo realizado el pasado martes.
Los ciudadanos pueden acceder a la aplicación ingresando a la página de Internet www.justiciacordoba.gob.ar y luego en el enace correspondiente a la Oficina de Jurados Populares (OJP), o simplemente haciendo CLIC AQUI.
En total, se sortearon 7.927 ciudadanos para toda la provincia, discriminados de la siguiente manera: 2.188 para la Primera Circunscripción Judicial (Capital), 1.232 para la Segunda (Río Cuarto), 615 para la Tercera (Bell Ville), 580 para la Cuarta (Villa María), 701 para la Quinta (San Francisco), 850 para la Sexta (Villa Dolores), 560 para la Séptima (Cruz del Eje), 298 para la Octava (Laboulaye), 553 para la Novena (Deán Funes) y 350 para la Décima (Río Tercero).
Declaraciones juradas
En los próximos días, la OJP del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) enviará por correspondencia a las personas sorteadas un sobre cerrado que contendrá una carta de presentación, en la que se les explicará los motivos de la convocatoria.
A los fines de determinar si estas personas reúnen los requisitos que establece la Ley Provincial 9.182, se remitirá una declaración jurada, acompañada de un sobre con franqueo pago, para que, una vez completada, sea devuelta a la Oficina de Jurados, que luego del proceso de depuración confecciona el padrón definitivo.
Conforme lo establece la citada norma legal, los jurados populares integran las Cámaras del Crimen, en mayoría (12 ciudadanos, ocho de los cuales son titulares, y los tres magistrados de cada cuerpo judicial), cuando se someten a juicio a personas imputadas por crímenes aberrantes, delitos económicos y hechos de corrupción.
Las personas convocadas reciben, por parte del Estado provincial, una retribución diaria por el término que demande el cumplimiento de su función, como así también los viáticos correspondientes.
En la realización del sorteo intervinieron la OJP, que depende de la Secretaría Penal del TSJ, el Juzgado Electoral de la Provincia y el Area de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Poder Judicial de Córdoba.
Narcomenudeo: confirman competencia de la Justicia provincial
El juez de Competencia Múltiple de Corral de Bustos, Claudio Daniel Gómez, resolvió mantener en la órbita provincial las investigaciones iniciadas por ventas de estupefacientes fraccionadas en pequeñas dosis destinadas al consumidor final, es decir aquellas que conforman “el último eslabón de la cadena de comercialización”, independientemente de la cantidad final de sustancia vendida por los imputados y de la cantidad de operaciones de venta que éstos realizaron.
Dicha resolución se dictó en respuesta a lo solicitado por los abogados defensores de ocho de los nueve imputados en una causa penal, quienes habían presentado sendos planteos de incompetencia material sosteniendo que la investigación debía ser remitida a la Justicia Federal.
Se trata de la causa caratulada “Alegre, Guillermo Aurelio y otros por supuestos autores de comercialización de estupefacientes agravada”.
En la presentación, los letrados señalaron que sus defendidos formaban parte de una organización y que “movían, distribuían y vendían ‘muchos más estupefacientes en cantidad que sobrepasan los límites que fundamentan la competencia provincial’, es decir una hipótesis distinta a lo que se entiende por narcomenudeo”.
El juez resaltó que las leyes vigentes en materia de narcotráfico “no fijan un límite a partir del cual una cantidad mayor de actos individuales de comercialización o una cantidad mayor de sustancia comercializada o una cantidad mayor de dinero recaudado en esa actividad, o una cantidad mayor de sustancia que el imputado haya adquirido en las oportunidades en que se abasteció, deba significar la aplicación de un tipo penal diferente al de la comercialización de estupefacientes en dosis destinadas directamente al consumidor”.
Además, Gómez enfatizó que lo que interesa para fijar la competencia provincial es el fin de comercializar al menudeo y no la cantidad de ventas que se realicen.
El planteo había sido efectuado por el abogado Gonzalo Jaureguialzo en su carácter de defensor de los coimputados Guillermo Alegre, Fernando César Alvarez, Diego Armando García, Mauricio José Imán, José Luis Nant y Sandra Genoveva Vallejos, con la adhesión del defensor oficial de Yanina Lucía Quintana y del abogado José Nicolás Rocca, representante legal de Boris Daniel Menna.